Terremoto 2026: qué alivios tributarios y bancarios ya están vigentes y qué deberías revisar hoy

Por Angie Ramos
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26 de agosto de 2026
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Categoría: Tributario y finanzas  ·  Corte: 26 de agosto de 2026  ·  Lectura: 10 min  

El terremoto de magnitud 7,4 ocurrido el lunes 10 de agosto de 2026, a las 7:34 a. m., con epicentro cerca de San José del Palmar (Chocó), cambió la realidad de miles de familias y negocios en el occidente de Colombia. Se sintió con fuerza en Valle del Cauca, Risaralda, Caldas, Quindío, Chocó y Cauca, y con menor intensidad en otros departamentos, Ecuador y Panamá.

Más allá de los daños materiales, muchas personas enfrentan pérdida temporal de ingresos, cierre de establecimientos, viviendas inhabitables y la preocupación por créditos, impuestos y servicios.

Al 25 y 26 de agosto, las autoridades hablan de más de 320 fallecidos a nivel nacional, miles de heridos, decenas de miles de viviendas destruidas o averiadas y un impacto económico preliminar que el Gobierno ha estimado en decenas de billones de pesos. Las cifras siguen en depuración.

En momentos así, lo más importante es tener información clara para decidir con tranquilidad.

Desde Oplup Consulting actualizamos este artículo porque el texto del 13 de agosto se escribió cuando varias medidas todavía eran anuncios o proyectos de decreto. Dos semanas después, ya hay normas expedidas, calendarios firmes y líneas concretas de los bancos.

Lo primero: los alivios no son automáticos

El Gobierno declaró situación de desastre nacional mediante el Decreto 1171 del 11 de agosto de 2026 y, el 19 de agosto, estado de emergencia económica, social y ecológica (Decreto 1261) para acelerar la reconstrucción.

Eso no significa que el banco, la DIAN o el prestador de servicios ya te aplicaron el beneficio.

En la mayoría de los casos el alivio se solicita, se acredita o se verifica. Cada entidad evalúa el nivel de afectación.

Tampoco asumas cadenas de WhatsApp que prometen subsidios inmediatos sin censo oficial. Ya se han reportado fraudes usando la emergencia.

Si tienes créditos bancarios

Asobancaria anunció un plan de alivios para personas y empresas damnificadas, con un potencial de hasta 2,8 millones de usuarios en las zonas impactadas. El presidente de la República estimó el aporte del sector en alrededor de $1,1 billones.

Las medidas típicas —aplicadas banco por banco, no de forma idéntica para todos— incluyen:

  • periodos de gracia de hasta 12 meses en los casos de mayor afectación;
  • redefinición de plazos y condiciones del crédito;
  • tratamiento especial de intereses;
  • suspensión temporal de cobro jurídico y prejurídico;
  • protección del historial crediticio.

Qué cambió después del 13 de agosto

  • Bancolombia anunció más de $5 billones en nuevas financiaciones y bajó la tasa de vivienda a 8% E.A. para desembolsos desde el 25 de agosto, frente a niveles cercanos al 14%.
  • Grupo Aval (Banco de Bogotá, Occidente, Popular y AV Villas) abrió líneas hipotecarias de hasta $500 millones al 8% para reparación o compra de vivienda entregada en seis meses, con periodos de gracia.
  • Davivienda también ofreció vivienda al 8% E.A. y, en pérdida total asegurada, ha empezado a cancelar el crédito vigente y girar la diferencia del seguro.

Hasta 12 meses de gracia no significa que todas las personas dejarán de pagar un año ni que la deuda desaparece. Cada entidad evalúa el caso.

Qué hacer hoy

  • Comunícate con tu banco y describe cómo te afectó el sismo.
  • Pregunta: ¿cuánto dura el alivio?, ¿qué pasa con las cuotas aplazadas?, ¿cambia el plazo total?, ¿cómo se manejan los intereses?
  • No firmes una novación o un “alivio” sin entender el costo total de la deuda.
  • Si tu inmueble está asegurado, activa ya la reclamación del seguro de incendio y terremoto.

Si tu vivienda está financiada con el Fondo Nacional del Ahorro

El FNA activó un protocolo para afiliados con crédito vigente cuya vivienda resultó afectada:

  • periodo de gracia, según el caso;
  • modificación del crédito (plazo o amortización);
  • seguro de incendio y terremoto con cobertura de hasta el 100% del daño cubierto, sin deducible, según la póliza;
  • anticipo de hasta el 50% de la indemnización;
  • apoyo de arrendamiento de hasta $2.200.000 mensuales, por máximo 3 meses, si la vivienda queda inhabitable.

Documentos que deberías conservar desde hoy

  • Cédula.
  • Fotografías de los daños, con fecha y contexto.
  • Cotización o presupuesto de reparaciones.
  • Reporte o visita de la autoridad competente.
  • Póliza, número de crédito y certificado de tradición, si aplica.

El FNA ha recordado que hay un plazo de 90 días para informar el siniestro y hasta dos años para presentar la reclamación formal ante la aseguradora. No esperes: la evidencia se deteriora y las filas crecen.

Canales publicados por la entidad: 601 3794297, 01 8000 527070, #224 y WhatsApp +57 316 482 1802. Verifica siempre en fna.gov.co antes de enviar documentos.

Declaración de renta: lo que ya no es un proyecto

El 18 de agosto se expidió el Decreto 1226 de 2026. El impuesto de renta no se eliminó. Lo que cambió es el calendario para ciertas personas naturales y sucesiones ilíquidas.

Quiénes acceden al plazo especial

Quienes, al 10 de agosto de 2026, tuvieran domicilio fiscal en municipios de estas seccionales DIAN:

  • Cali, Palmira, Tuluá y Buenaventura (Valle del Cauca);
  • Pereira (Risaralda);
  • Armenia (Quindío);
  • Manizales (Caldas);
  • Quibdó (Chocó);
  • Popayán (Cauca).

El criterio es el domicilio fiscal registrado en el RUT a esa fecha. Un cambio posterior en el RUT no otorga el beneficio por sí solo, salvo que puedas demostrar que ya residías en la zona afectada.

También aplica a primeros declarantes que se inscriban en el RUT con domicilio en esos municipios. No aplica a grandes contribuyentes.

Nuevos vencimientos de renta (año gravable 2025)

Según el Decreto 1226, el calendario especial —dos últimos dígitos del NIT, sin dígito de verificación— queda así:

Últimos dos dígitos del NITNuevo vencimiento 2026
01 y 0227 de octubre
03 y 0428 de octubre
05 y 0629 de octubre
07 y 0830 de octubre
09 y 103 de noviembre
11 y 124 de noviembre
13 y 145 de noviembre
15 y 166 de noviembre
17 y 189 de noviembre
19 y 2010 de noviembre
21 y 2211 de noviembre
23 y 2412 de noviembre
25 y 2613 de noviembre

Si cumples dentro de estas fechas, no hay intereses moratorios ni sanción por ese aplazamiento. El resto del calendario nacional no cambia.

Si eres agente de retención o autorretenedor

Quienes al 10 de agosto tenían domicilio fiscal en los municipios cobijados pueden presentar y pagar la declaración de retención y autorretención de julio de 2026 en los plazos de agosto de 2026, sin intereses ni sanciones si se cumple el nuevo plazo.

La DIAN además suspendió términos de procesos administrativos en las seccionales afectadas entre el 13 y el 25 de agosto; los términos se reanudan el 26 de agosto. Quienes tengan autorización de numeración de facturación que vence entre agosto y octubre pueden operar hasta el 1 de noviembre de 2026 sin trámite adicional, según el anuncio de la entidad.

Subsidio de arriendo y servicios públicos

Subsidio de arriendo (arranca el 26 de agosto)

  • Monto general anunciado: $875.452 mensuales por tres meses (total $2.626.356).
  • En Buenaventura se anunció un monto superior: $1.050.000 mensuales por tres meses.
  • El giro se haría a la cabeza de familia, a través de operador logístico o entidad bancaria, siempre que figure en el registro / censo oficial de damnificados.

El punto crítico no cambió: si tu vivienda tiene daño estructural, asegúrate de quedar en el censo oficial. Sin registro, el subsidio no llega.

Servicios públicos

En Quindío se anunció la suspensión del cobro de servicios públicos por tres meses para hogares y establecimientos registrados en el censo de afectados. No hay, al corte de este artículo, un mecanismo nacional único idéntico para todos los departamentos. Consulta con tu prestador y con la alcaldía.

Donaciones: sí hay beneficio tributario, con reglas

  • Artículo 257 del Estatuto Tributario: descuento del 25% del valor donado cuando la entidad receptora está habilitada y existe certificado.
  • Alimentos aptos para consumo humano y bienes de higiene entregados a bancos de alimentos que cumplan la Ley 2380 de 2024: el descuento puede llegar al 37%.
  • Las donaciones de agosto de 2026 se reflejan en la declaración del año gravable 2026, que se presenta en 2027, no en la renta de 2025 que se está aplazando ahora.

Sin certificado, RUT de la entidad y destinación clara, el descuento se puede perder.

Otras palancas que mucha gente no está usando

  • Cesantías: pueden retirarse, total o parcialmente, para reparación o mejoramiento de vivienda, con autorización del empleador y soportes.
  • Seguro hipotecario: si hay pérdida total, varios bancos ya están aplicando la póliza para extinguir el crédito.
  • Fondo Milagro: vehículo anunciado para la reconstrucción. Todavía está en estructuración; no sustituye el censo ni los alivios bancarios de esta semana.

La ruta práctica según tu situación

Si estás en esta situaciónHaz esto esta semana
Tengo un créditoContacta al banco. Pide evaluación individual. Pregunta por gracia, intereses y seguro.
Crédito con el FNAActiva gracia / modificación y la reclamación del seguro. Guarda fotos y reporte oficial.
Debo declarar rentaVerifica el domicilio fiscal del RUT al 10 de agosto. Usa el calendario oct–nov si aplicas. No es condonación.
Soy agente de retenciónJulio 2026 se puede presentar en plazos de agosto. Confirma en tu seccional.
Mi vivienda quedó inhabitableEntra al censo oficial. El subsidio de arriendo empezó el 26 de agosto.
Quiero donarElige entidad habilitada y exige certificado. El beneficio se ve en la renta de 2027.

Lo que más queremos transmitirte

En una emergencia es fácil sentirse abrumado por anuncios, fechas y trámites. Desde Oplup Consulting creemos que la tecnología y el acompañamiento humano deben servir para algo muy concreto: dar claridad cuando más se necesita.

Nuestro consejo hoy:

  • No asumas que el beneficio ya está aplicado.
  • Verifica tu situación específica: RUT, censo, póliza y banco.
  • Conserva todos los soportes.
  • Busca orientación antes de firmar modificaciones de crédito o tomar decisiones tributarias importantes.

Reconstruir no es solo reparar una vivienda o reabrir un negocio. También es recuperar la tranquilidad para decidir mejor.

Si en medio de vencimientos, retenciones y papeles sientes que te falta una guía clara, no tienes que resolverlo solo. ConFiHable es el agente de Inteligencia Artificial de Oplup para acompañarte en la gestión tributaria y contable de tu negocio, con criterio humano cuando la decisión lo exige.

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Este artículo tiene fines informativos. Resume medidas anunciadas por el Gobierno, la DIAN, Asobancaria, el FNA y entidades financieras con corte al 26 de agosto de 2026. Algunas disposiciones pueden seguir reglamentándose. Confirma siempre en fuentes oficiales —DIAN, Minhacienda, tu banco, UNGRD y alcaldía— antes de actuar. ConFiHable no reemplaza a un contador ni presenta declaraciones en tu nombre.